JURÍGENO

JURÍGENO 
es el primer álbum de la banda 
ROCK NACIONAL JURÍDICO
(2012)

CONCEPTOS


La palabra "JURÍGENO" es un neologismo; al menos el vocablo no figura en el Diccionario de la Real Academia Española. Es utilizada por algunos escritores como sinónimo de "jurídico", sin ninguna connotación, ni positiva ni negativa. Nos pareció que el vocablo encuadraba perfecto en el concepto del disco, una suerte de híbrido, de engendro, de experimento, es decir, mixturar, mezclar, entrelazar lo jurídico y el rock.
Por lo demás, hay un concepto que es propio del proyecto y del disco en particular, que se vincula a popularizar lo jurídico como algo que está ínsito a nosotros ("nada -ni nadie- puede escapar"), somos seres jurígenos y como tales no siempre tendrá connotaciones malas o tensas o acartonadas, sino que al formar parte de nuestras vidas es algo natural; lo jurídico está presente todo el tiempo, tanto en lo cotidiano (tomar un bondi, comprar en un kiosko, etc.), como en los momentos trascendentes en la vida de las personas (delitos, asuntos de familia, negocios, etc.). 

HISTORIA


El concepto de ROCK NACIONAL JURÍDICO Jurídico fue concebido por GUILLERMO MARIO PESARESI, al día siguiente de haberse graduado de abogado en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires, el 3 de octubre de 1997. Ese día, al tiempo que decidió escribir libros jurídicos, y siendo un aficionado a la música y en particular a la composición (guitarras, teclados y programaciones) sembró la idea fundamental en su mente para un futuro lejano, teniendo en su haber un puñado de composiciones, jurídicas y de todos los demás temas de la vida. Sin embargo, durante un lapso de diez años se alejó de la música para dedicarse de lleno a sus otras ocupaciones.
La vuelta a la afición musical, como un cable a tierra en sus múltiples cuestiones profesionales (funcionario judicial, profesor universitario, escritor), decidió volver a tocar en el año 2007, desempeñándose como tecladista en una banda formada por compañeros judiciales, que se denominó "La 2200", la cual se disolvió al año siguiente, luego de un puñado de shows. En 2009 fue tecladista en la banda Bendita Espina.
Al cabo de la publicación del décimo libro jurídico, ya en el año 2010, el mencionado doctor (a quien muchos le dicen Willy, otros lo llaman Guille), se puso en contacto con su amigo y guitarrista, Mauro Esteban Lassos, para plantearle seriamente el proyecto. A partir de allí, y durante dos años dieron forma a los demos de 9 temas, encargándose Mauro de la grabación de los mismos.
En julio de 2012 Willy conoce al bajista Sergio Mayorano de forma providencial, quien le sugiere que averigüe para grabar su disco (con mínimo presupuesto) en la productora independiente La Pucha Rock, comandada por el músico y actor Facundo Espinosa, comenzando de inmediato el proceso de grabación de la placa, la cual aparece los primeros días del mes de noviembre de 2012.
La banda presentó JURÍGENO informalmente en Freakman Bar el 14 de diciembre de 2012 y formalmente mediante tres shows en el Teatro Velma Café, Palermo Hollywood, los días 12 de febrero, 21 de mayo y 13 de noviembre de 2013.
Actualmente, la banda tiene compuesta más de una docena de temas nuevos y se encuentra en proceso de grabación de su próximo álbum, "Jurisconsulto del rock".

TEMAS

1. PRINCIPIO DE CONCURRENCIA PROPORCIONAL 
2. JUECES QUE ESCUCHEN (MEMORIALES)
3. DANZARANCEL
4. HONORARIOS CONCURSALES (RAP HONORARY)
5. THEMA DECIDENDUM (IURE)
6. PRESTAS VAGO OÍDOS
7. BANCARROTA GET BACK
8. DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL (DISOLUTION)
9. WORKERS RIGHTS TONIGHT (DERECHO LABORAL)
10. JURÍGENO

(EL ÁLBUM "JURÍGENO", SE PUEDE ESCUCHAR COMPLETO,
DE MANERA TOTALMENTE GRATUITA:
AQUÍ O AQUÍ)

1. PRINCIPIO DE CONCURRENCIA PROPORCIONAL

En varios de sus libros el Dr. Pesaresi se ocupó de temas sobre los que no se han ocupado tantos autores, relacionados con los costos judiciales, en particular, los honorarios de los profesionales intervinientes en los juicios (cuanto se les fija y cuanto y como cobran los abogados, procuradores y peritos).
Pues bien, cuando el juez al finalizar el juicio procede a determinar los honorarios de esos profesionales, tiene que procurar ser proporcionado, de allí el principio.
Se trata de un postulado en materia arancelaria, que simplemente predica lo que expone la letra. 100% RNJ.
El principio de concurrencia proporcional fue llevado a video, clip que fue producido en dos días de rodaje en Paternal, Ciudad de Buenos Aires, a fines de julio de 2012, bajo la dirección de Marco Furnari y Facundo Espinosa. Actúan el padre, la esposa y el hijo de Willy, así como sobrinos y amigos, incluido los directores del video, que aparecen como fans que frenan su motocicleta para abrazar al autor. Al tiempo de escritura de esta nota el video en youtube había alcanzado las 4.000 reproducciones.
Ver el videolip AQUÍ, y también ver AQUÍ una versión en vivo
LETRA de PRINCIPIO DE CONCURRENCIA PROPORCIONAL:
La Carta Magna consagra el principio de la remuneración adecuada, y que se conforma con la idea de la consagración positiva de la Justicia. Artículo catorce. 
La Constitución Nacional, sus derechos y garantías, amparan tanto a las partes involucradas, como a los profesionales que participan en el proceso judicial.
Principio de concurrencia proporcional. 
Cada honorario debe guardar una proporción razonable en relación al monto en juego y a la labor efectivamente desplegada, desarrollada.
Debe necesariamente existir una equitativa relación armónica y de proporción de los emolumentos fijados entre sí, en atención al interés comprometido.
Por... Principio de concurrencia proporcional. 
Ante una notoria desproporción el juez debe fundar su resolución bajo sanción de nulidad. De lo contrario debe atender los mínimos y máximos arancelarios so sanción de nulidad, so sanción de nulidad.
Letrados procuradores, peritos interventores, todos concurren al banquete procesal. El magistrado regulará, justipreciará conforme al ritual pero cuidará de que no se afecte el principio.
Principio de concurrencia proporcional.
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2. JUECES QUE ESCUCHEN (MEMORIALES).

Si bien el autor no ejerce la profesión, pues ello le está vedado al ser parte del Poder Judicial de la Nación, en su caso, al tiempo de la grabación del disco, en su carácter de Secretario, en este tema procuró ponerse en la piel de un abogado en el libro ejercicio, en un momento de enojo por no obtener favorable acogida por parte de un Tribunal de sus pedidos, amenazando con articular los más variados recursos procesales.
Por caso, frente a la desestimación de sus pedimentos, procederá la revocatoria o recurso de reposición, pudiendo paralelamente interponer recurso de aclaratoria. Finalmente, el ficticio letrado admoniciona sobre la interposición del remedio federal, esto es, el recurso extraordinario; carareando incluso con la posibilidad de acudir al Tribunal extranjero de La Haya.
LETRA de JUECES QUE ESCUCHEN (MEMORIALES):
Necesito un recurso que impetrar, a reparar mis agravios contra una resolución. Necesito un remedio articular para fundamentar mis quejas contra una providencia.
Estoy buscando un despacho justo, que haga lugar a mi escrito, y que así mis pretensiones procesalmente progresen.
Necesito un memorial para alcanzar a sostener mis reparos contra una arbitrariedad. Necesito una expresión de agravios mal, sin deserción fundamente, y que conmueva al Tribunal.
Estoy tratando de que el Juzgado haga lugar al pedimento, y que así en mis derechos halle plena satisfacción.
Quiero a jueces que me escuchen; de lo contrario interpondré: una reposición, y en subsidio apelación.
Dame el libro de notas (Dame el libro dale). Dame el libro de notas (Dame el libro dale). Dame el libro de notas (Dame el libro dale). ¡No está en letra doctor!
Quiero a jueces que me escuchen; de lo contrario interpondré: una reposición, y en subsidio apelación. Una revocatoria (en un memorial). Una aclaratoria (Su Señoría). Un recurso extraordinario (otrosí digo). Y ante la denegación. Quiero un recurso de queja,de lo contrario acudiré ante el Tribunal de Justicia de la Ha-Ya.
Estoy buscando un despacho justo. Estoy tratando de que el Juzgado. Estoy queriendo que mis derechos procesalmente progresen.
Quiero a jueces que me escuchen...
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3. DANZARANCEL.

El tema fue cocompuesto originalmente por Guillermo (Willy) y Julio Federico Passarón (Julito), el 2 de febrero de 2001. Ambos llevaban en aquel momento más de tres años escribiendo el que sería su libro debut, que apareció en septiembre de 2002, "Honorarios en concursos y quiebras", de 712 páginas, publicado por editorial Astrea. Ambos autores finalizaron una trilogía de libros, que les demandó más de una década de trabajo mancomunado, escribiendo en el año 2008 su tercer y último libro en coautoría, de dos tomos, denominado: "Honorarios judiciales", por el mismo sello editor. Ínterin habían dado a publicar "Honorarios de profesionales. Historia y legislación presente", Dunken, 2003. En un alto en el estudio de  los álgidos y trabajos problemas de derecho en los que estaban inmersos, surgió esta canción entre ambos, al tiempo en que trataban de definir la palabra "arancel", dado que su objeto de estudio principal ha sido el "arancel de honorarios para abogados y procuradores". Ya en 2010, al trabajar Willy el tema con Mauro, éste aportó una parte C que lo convirtió indudablemente en campeón, por lo que se incorporó como compositor en los créditos. En la página web se menciona que la referencia a la obra del Padre Juan Mir (1908), corresponde al doctor Norberto Novellino.
Este tema fue de los primeros compuestos, y sobre el cual se ha hecho un clip casero mostrándose los libros del autor Willy. Verlo AQUÍ. Asimismo existen dos versiones EN VIVO, verlas AQUÍ Y AQUÍ.
LETRA de DANZARANCEL:
El padre Juan Mir en su obra “Prontuario de hispanismo y barbarismo”, señalaba que en buen castellano arancel significaba: Ejemplar, norma, regla, método, dechado, orden y lista, tachando la acepción actual de tarifa de derecho.
Arancel.  Arancel. Arancel de honorarios.
Por otra parte con el uso del vocablo hemos pretendido hacer alusión a los preceptos sistematizados que en la ley rigen sobre el modo, tiempo y forma de fijar emolumentos. Normas de retribución y garantías de sus titulares.
D. D. D. Danza, danza, danza.
Arancel. Arancel. Arancel de honorarios. 
¡Dance! De honorarios. Arancel. Estipendios. Galardón
Arancel. Arancel. Arancel de honorarios. 
¡Dance! De honorarios. Arancel. Estipendios. Galardón

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4. HONORARIOS CONCURSALES (RAP HONORARY).

La primera obra mencionada en el tema anterior ("Honorarios en concursos y quiebras") está pretendidamente resumida en ésta, en clave de rap, donde se dan los lineamientos básicos de la materia. Parte de la letra parafrasea a quien hizo el prólogo de ese libro, Dr. Adolfo A. N. Rouillon, comentando la sección II, del capítulo II, del libro IV, de la ley concursal (ley 24.522).
LETRA de HONORARIOS CONCURSALES (RAP HONORARY):
El régimen de honorarios concursales tiene algunas particularidades, entre las que cabe señalar las siguientes: No se aplican los códigos rituales. No se utilizan aranceles locales al regular. 
Existe una oportunidad para la justipreciación, fuera de la cual no pueden efectuarse regulaciones parciales.
Ta ta tara total. Tu tu, ta ta tara total.
Regulación de honorarios concursales (regulación de honorarios concursales). Regulación de honorarios concursales total.
Los porcentuales de las retribuciones se fijan en conjunto, esto es, no puede la suma del honorario superar el máximo aplicable.
No existe una disposición que determine cuál es la proporción que a los funcionarios y letrados corresponde dentro del bloque total.
Ta ta tara total, ta ta tara total.
Regulación de honorarios concursales (regulación de honorarios concursales). Regulación de honorarios concursales total.
Son gastos prededucibles. Son créditos exigibles. Conservación y justicia. Son gastos prededucibles. Son créditos exigibles. Conservación y justicia.
No asiste derecho al deudor de apelar en la liquidación. Revisa los salarios la alzada aunque el síndico no haya apelado.
Consulta en el Superior, sin apelación. Ex officio, artículo 272, ley 24.522.
Son gastos prededucibles. Son créditos exigibles. Conservación y justicia.
Regulación de honorarios concursales. Regulación de honorarios concursales total. 
Total. Total.
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5. THEMA DECIDENDUM (IURE).

En el presente se tratan varios temas que, precisamente, conforman el "thema decidendum". Por un lado, las presunciones legales (paradojicamente en la canción no se proporciona ningún ejemplo), es decir, las que admiten (iuris tantum) y las que no admiten (iuris et de iure) presunción en contrario. Luego, se trata la aplicación de la ley intertemporalmente, es decir, el acto jurídico es "regido por la ley que rige en el momento de su celebración" (tu tempus regit actum). Asimismo, se aborda el tema de los recursos, particularmente la limitación que rige para la Alzada (tribunales de segunda instancia), donde su poder decisorio es acotado, encuentra valladar en el límite que le dan los recursos que por ante ella son interpuestos; lo que se conoce como en el derecho romano como el principio: tantum apellatum quantum devollutum. En la cuarta y quinta estrofas se ofrece un muestrario de las palabras que mantienen su utilización en la terminología forense en nuestro derecho, desde hace miles de años (in fine, in situ, etc.). En el segundo estribillo se tratan aforismos muy utilizados en la práctica, como lo son, "ubi lex non distinguit, noc nos distinguire debemus" (donde la ley no hace distingo, no debe hacerse distinción alguna) o "dura lex sed lex" (ley dura pero ley).
LETRA de THEMA DECIDENDUM (IURE):
Iuris et de iure, iuris tantum, iure. Iuris et de iure, iuris tantum, iure. Iuris et de iure, iuris tantum, iure. Iuris et de jure.
Tu acto es regido por la ley que existe en el momento de su celebración, es un tema que decidir.
Y viene y vuelve tanto como es apelado; el poder de los jueces está limitado. Recursos.
Tu tempus regit actum, tu thema decidendumTu tantum appellatum, ¡uh!, quantum devolutum.
Iuris et de iure, iuris tantum, iure. Iuris et de iure, iuris tantum, iure. Iuris et de iure, iuris tantum, iure. Iuris et de jure.
Ab initio, affectio, ad cautelam, advocatus, a quo, distinguimos solo si la ley distingue.
Ad nutum, addenda, ius variandi, sine die, res nullus, quid pro quo, motu proprio, omissis. Scriptum.
Tu ubi lex non distinguit, noc nos distinguere debemus. Tu dura lex, sed lex, tu plus petitio, tu extra petitum.
Dura lex (dura lex sed lex), Sed lex (dura lex sed lex). Dura lex (dura lex sed lex), Sed lex (dura lex sed lex). Dura lex (dura lex sed lex), Sed lex (dura lex sed lex). 
Dura lex (法律や法的)
In fine, in situ, lato y a contrario sensu in limine, y iura novit curia. Quiero más, latinismos...
Tu tempus regit actum, tu thema decidendumTu tantum appellatum, ¡uh!, quantum devolutum.
Iuris et de iure, iuris tantum, iure. Iuris et de iure, iuris tantum, iure. Iuris et de iure, iuris tantum, iure. Iuris et de jure.
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6. PRESTAS VAGO OÍDOS

Tema compuesto a mediados de la década de los noventa 
O prestas tú, vago, tus oídos, o los prestas vagamente...
LETRA de PRESTAS VAGO OÍDOS:
Cómodamente esperas, 
de este puñado de palabras, 
claves ciertas de algo, 
cierto canto al mundo.
Ardides y muletillas 
apenas puedo brindar, 
vagas descripciones 
infieles de nada.
Picados...
No conozco deductores de enigmas que no partan de sí mismos.
Y tu solo prestas vago oídos. Solo prestas vago oídos.
Solo prestas vago oídos. Solo prestas vago oídos. 
Alaridos pretendes, 
de verdad pura, 
de poeta científico, 
de pater crítico.
Crucigramas y recurrencias 
quizás sonar, 
cadenas de letras 
sobrias o elocuentes.
Bosquejos...
No conozco ordenadores de vida que no diagramen sus abismos.
Y tu solo prestas vago oídos. Solo prestas vago oídos.
Solo prestas vago oídos. Solo prestas... 
Siento, y cuanto, no darte las llaves.
Siento, y como, encomendarte tu poema.
Siento, y sí, no salvar ni descubrir.
Siento innumerabilidades, de carácter general,
picados, bosquejos...
Y tu solo prestas vago oídos. Solo prestas vago oídos.
Solo prestas vago oídos. Solo prestas... 
ESCUCHAR LA CANCIÓN.

7. BANCARROTA GET BACK.

La música la he concebido en el año 1992, dedicándole entonces la letra a una tal Beatriz, que no dejaba de perseguir a este cantautor. La letra para RNJ salió regresando del Juzgado, un día de mayo de 2012. Narra las peripecias de una persona que tiene la desgracia de incurrir en quiebra. En el epígrafe de la web quedó expresado: "Nadie está exento de caer en quiebra. ¡Menos mal que ya no se considera: Decoctor, ergo fraudator”, como en la antigüedad, ni se aplican sus otrora penosas consecuencias! Hoy subsiste una edulcorada legislación punitiva". Luego, aquella antiquísima expresión latina, inspiraría un tema nuevo, que fuera estrenado en el "Tercer Velma" (13/11/13), y acaso se incluirá en el próximo disco. 
LETRA de BANCARROTA GET BACK:
La cesación de pagos ayer me sorprendió. Mora en la hipoteca mora en el televisor. Cartas documentos, cédulas, procesos. Es que mi patrimonio se insolventó.
Bancá, bancá, bancá, hoy no puedo pagar. 
Bancá, bancarrota, bancarrota get back.
El boga me sugiere una convocatoria. El contador me dice que presente quiebra. El juez me emplaza para que le diga qué: Si estoy in bonis o si no declarará.
Mi bancarrota ya, bancarrota get back. 
Bancá, bancarrota, bancarrota get back.
Ley 24.522. Es el régimen, derecho concursal.
La declaración de falencia ayer se me dictó. Hay que entregar el patrimonio a un sindicó.
Se saca a remate todo: el auto y el depto. Y los acreedores cobran sobre el producido.
Bancá, bancá, bancarrota get back. 
Bancá, bancá, bancarrota get back. 
Avenimiento, si aparece vento. Si no hay falta de activo, me van a indagar (en Instrucción).
El fallimento ayer por suerte concluyó. El Tribunal me dicta rehabilitación. Se sacan restricciones levantan la inhibición. Reinserto en el mercado lejos de la LCQ.
LCQ “jujá”, bancarrota get back.
Bancá, bancarrota, bancarrota get back.
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8. DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL (DISOLUTION)

Los conceptos se corresponden con la letra del Código Civil vigente, y modificatorias hasta la fecha (2012). Si el Proyecto de Código Civil y Comercial entra en vigencia, varios institutos serán sustancialmente modificados. 
LETRA de DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL (DISOLUTION):
La disolución de la sociedad conyugal puede producirse por diversas causas: por separación judicial de bienes, por nulidad de matrimonio o muerte.
El régimen de ganancialidad se acaba con la disolución. Cada cónyuge debe recibir la parte que en derecho le cabe al liquidar, al particionar.
Amor no me cites a mediación, no disolvamos nuestra relación.
Amor no articules hoy una acción. 
No nos separemos, ni de hecho ni derecho.
Divorcio no mi amor.
La disolución de la sociedad conyugal puede producirse por otras formas: por concurso o por mala administración, por fraude, por abandono de hecho.
El patrimonio común se cae. Se acaba con la disolución. Cada cónyuge debe recibir la parte que en derecho le cabe, al liquidar, al particionar.
Amor no me cites a mediación. No disolvamos nuestra relación.
Amor no interpongas hoy una acción.
No nos separemos, ni de hecho ni derecho.
Divorcio no mi amor.
ESCUCHAR LA CANCIÓN.

9. WORKERS RIGHTS TONIGHT (DERECHO LABORAL)

Prestábase la composición de Mauro Lassos, para balbucear en inglés, una aproximación al derecho laboral.
LETRA de WORKERS RIGHTS TONIGHT (DERECHO LABORAL):
We will tell you a history at tonight, about de bills of rights as laboral. Do we can have a feel stir up for worker masses?
We will exaltation workers men, in this simple song. Whatch what you’re doing with your working life still up. What you can do?, you don’t know! 
I can feel tonight. Worker’s rights is now.
If you dont’t fight for your bills of rights, nobody will four you. Say enough, oh, don’t spend your time and costs. You come out, dont’ let them push around you!
I can feel tonight (I can feel tonight).
Worker’s rights is now (Derecho laboral).
I can feel tonight (I can feel tonight).
Si por tus derechos vos no peleas nadie lo hará por vos. Ya basta. No dilapides tiempo. Revelate. No dejes que te pisen.
I can feel tonight. Worker’s rights, worker’s rights is now.
Week job can’t no overstep the mark. In Argentina is on fourty eight. The journal have a top of eight hours for all the people.
Also you have all the sunday day, whatever you want. The boss is obliged to hire an A.R.T. What you can do? You must demand!
I can feel tonight. Worker’s time is now.
If you dont’t fight for your bills of rights. Nobody will four you. Say enough, oh, don’t spend your time and costs. You come out, dont’ let them push around you!
I can feel tonight (I can feel tonight).
Worker’s rights is now (Derecho laboral).
I can feel tonight (I can feel tonight).
Si por tus derechos vos no peleas nadie lo hará por vos. Ya basta. No dilapides tiempo. Revelate. No dejes que te pisen.
I can feel tonight. Worker’s rights, worker’s rights is now.
ESCUCHAR LA CANCIÓN.

10. JURÍGENO.

La letra pretende resumir el concepto del disco. Facundo Espinosa aporta su energía y talento al servicio de este “engendro patógeno”, que irradia de juridicidad al rock. 
Del backstage quedó un registro que se transformó en videoclip. 
Verlo AQUÍ.
LETRA de JURÍGENO.
Un puente no usual un puente al fin, 
letras, canciones que te unen lo jurídico y el rock.
Es todo en uno, uno en todos. 
Todo es ciencia todo es arte.
Pronto este mundo va a cambiar.
Habemus Rock Nacional Jurídico. Jurídico.
Todo es jurígeno, nada puede escapar.
Hoy somos vos y yo y este rock ilegal.
Todo es jurígeno, nada puede escapar.
Hoy somos vos y yo y este rock ilegal.
Un trazo no virtual un trazo al fin, 
recursos, yeites que te parten la cabeza de emoción.
Es conexión, es intuición, 
es lo que dicte la razón, 
el corazón te puede fallar. 
Habemus Rock Nacional.
Todo es jurígeno, nada puede escapar.
Hoy somos vos y yo y este rock ilegal.
Todo es jurígeno, nada puede escapar.
Hoy somos vos y yo y este rock ilegal.
Habemus Rock Nacional Jurídico.
ESCUCHAR LA CANCIÓN.

FICHA TÉCNICA

Grabado en la ciudad de Buenos Aires, en los estudios La Pucha Rock, entre el 24 de julio y el 28 de septiembre de 2012. Técnico de grabación: Andrés Martinese. Arreglos, producción y dirección musical: Mauro Esteban Lassos. Producción artística y ejecutiva: Guillermo Mario Pesaresi. Producción artística y general: Facundo Espinosa.

AUTORES Y COMPOSITORES

Autores:

Temas 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8 y 10: Guillermo Mario Pesaresi. Tema 3: Guillermo M. Pesaresi, Julio F. Passarón y Mauro E. Lassos. Tema 9: Guillermo M. Pesaresi y Mauro E. Lassos.

Compositores:

Temas 1, 5, 6, 7 y 8: Guillermo Mario Pesaresi. Tema 3: Guillermo M. Pesaresi, Julio F. Passarón y Mauro E. Lassos. Temas 2, 4 y 9: Guillermo M. Pesaresi y Mauro E. Lassos. Tema 10: Facundo Espinosa.

MÚSICOS:

Guillermo M. Pesaresi: voces, guitarras y teclados. Mauro E. Lassos: guitarras, teclados y coros. Sergio Mayorano: bajos. Sergio Sidoruk: teclados. Germán "Harry" Colapietro: baterías. Facundo Espinosa: voz y guitarra en 10, coros en 1, 3 y 4. Eliana Fernández: voz en 8. Andrés Martinese: coros en 1 y 3.

WEB:

Se trabajó y viene trabajando la presencia de Rock Nacional Jurídico en distintas plataformas web, como facebook, twitter, youtube, soundcloud, etc., contando el grupo con una página web (juridicrock.com.ar) y un blog (rocknacionaljuridico.blogspot.com.ar) que se actualizan períodicamente.

GRACIAS

Gracias a La Pucha y a la troup de Facundo Espinosa. Marco Furnari en dirección y
edición de video, Sergio Sosa en cámaras y diseño gráfico, Soledad Mai en cámaras y
edición de video, y Diego Murovankin en motorización web.
Gracias a S. Marcelo Cejas (y su productora: Te Invito A Aprehender) por todo su soporte material y grandísima ayuda en la producción de RNJ (sonido, cámaras, logística en general). 

DEDICATORIA

A mi hijo Guillito, pura luz, a mi esposa, a la memoria de mi vieja, a mi viejo y hermanas.